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| Capítulo 3 - De las Atribuciones del Congreso |
DE LAS ATRIBUCIONES DEL CONGRESOArtículo 25.- Son atribuciones del Congreso Nacional Ordinario: a) Aprobar las políticas, estrategias y programas de la ANP. b) Elegir a los miembros del Comité Ejecutivo Nacional, Comité de Etica Gremial y Comisión Revisora de Cuentas, entre los delegados plenos. c) Aprobar los informes de gestión del Comité Ejecutivo Nacional d) Pronunciarse sobre las mociones presentadas por las organizaciones de base y organizaciones afiliadas. e) Ratificar la afiliación o desafiliación de la ANP a organizaciones nacionales o internacionales. f) Elegir a la Comisión Electoral, entre los delegados plenos. Esta estará conformada por tres delegados. g) Designar la sede del próximo congreso nacional ordinario. Si omitiera hacerlo o existieran circunstancias imprevistas, éste tendrá lugar en la sede central de la ANP. h) Aprobar el Reglamento Nacional de Elecciones y otras normas necesarias para la buena marcha de la institución. i) Designar a la Mesa Directiva, encargada de la conducción del Congreso Ordinario. j) Las demás atribuciones señaladas en el Estatuto y en los respectivos reglamentos. Artículo 26.- Son atribuciones del Congreso Nacional Extraordinario:
b) Modificar la política gremial y programática de la ANP. c) Designar a la Mesa Directiva, encargada de la conducción del Congreso Extraordinario. d) Ratificar la afiliación o desafiliación de la ANP a organizaciones nacionales o internacionales. e) Aprobar la disolución y liquidación de la institución con el voto de las dos terceras partes de los delegados plenos f) Las demás atribuciones señaladas en los respectivos reglamentos
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