Matriz Histórica
Del Gremio De La Prensa
Domingo, 5 febrero 2012

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Uchuraccay: Lo que significa hacer periodismo en el Perú

Para la Asociación Nacional de Periodistas del Perú el recordatorio de los 29 años de la tragedia de Uchuraccay, donde se inmolaron 8 periodistas y un guía, en el intento frustrado de darle al Perú un relato fiel de la realidad nacional, va más allá de una justa evocación. Nos convoca a reflexionar sobre la verdadera dimensión de lo que significa hacer periodismo en el Perú, especialmente en tiempos como los que estamos viviendo, cuando las confrontaciones políticas parecen inmersas en un espacio, donde la falta de diálogo y de concertación están dando origen a una peligrosa desorientación que pone en riesgo la solución de los graves problemas de orden económico y social que afligen al país.

El sólo mencionar los nombres de Jorge Sedano Falcón (Diario La República), Eduardo de la Piniella, Félix Gavilán Huamán y Pedro Sánchez Gavidia (El Diario de Marka), Willy Retto Torres y Jorge Luis Mendivil Trelles (Diario El Observador), Amador García Yanque (Semanario Oiga), Octavio Infante García (Diario Panorama, de Huamanga) y el guía Juan Argumedo García, victimados aquel fatídico 26 de enero de 1983, es más que suficiente para que renovemos la fe de comprender a la sociedad peruana, trazando una experiencia continua en donde no hay lugar para la fatiga. Y en donde sí, es necesaria, una permanente verificación de lo que se escucha, de lo que se ve y se lee, con lo que realmente sucede. Esa incesante búsqueda de hechos y confrontaciones con todos los sectores de la opinión pública y pareceres de la realidad nacional, es tarea que le corresponde al periodismo de hoy.

La reconciliación, la inclusión y el inicio de una transformación social y económica sí es posible, con la presencia de un periodismo ético, cumplidor de su deber social. Así lo entiende la Asociación Nacional de Periodistas del Perú, que desde hace 29 años, sin pausa alguna, hace este recordatorio en tanto implica por un lado sobreponerse a los intereses, herencias y efectos de unos y, por otro lado, hacer entrega de una comunicación social que le de sentido a la vida, a la esperanza, a los sueños, nunca perdidos en un pueblo como el de nuestra nación.

No resulta, por eso, un misterio entender qué animaba a los ocho Mártires de Uchuraccay cuando decidieron iniciar esa marcha hacia las alturas cordilleranas de Ayacucho en procura de la verdad. Tampoco es difícil interpretar su estado de ánimo, sabiendo con anticipación todo el riesgo que había que asumir en esas circunstancias. Para ellos se trataba de cumplir con el sagrado deber de desentrañar lo que era desconocido hasta ese momento. Responder a la inquietante pregunta ¿por qué tanto dolor en el Perú?. Ese era el objetivo nunca desmentido: hablar con la verdad. Pero ocurrió lo que no podía pensarse en una sociedad civilizada. La irracionalidad se hizo presente, el fundamentalismo demencial cayó sobre el periodismo nacional. Lo demás ya es conocido. No hubo un debido proceso. Menos una investigación imparcial. Los testigos fueron desaparecidos. Y, finalmente, la impunidad protegida por una débil democracia logró lo que había pensado.

Por eso este 29 aniversario del martirologio de los 8 periodistas y el guía, nos lleva a tomar posiciones muy definidas. Los verdaderos periodistas aspiramos a una verdadera democracia con libertad, sin los peligros de terminar en la cárcel por informar con la verdad, con libertad para acceder a la información de interés público. Así como ayer, la Asociación Nacional de Periodistas del Perú, entrega sus mayores esfuerzos en esta lucha contra la cultura del secretismo. Esta es la que le causa el mayor de los daños a la vida en justicia, en paz, en armonía.

Pero nunca es tarde para perder las esperanzas. Así como ayer, combatimos al terrorismo demencial, ahora seguimos en la misma lucha. Y no solamente contra las mascaradas en las que se esconde este terrible flagelo contra la humanidad. De la misma manera lo hacemos contra aquellos que teniendo una cuota de poder, hacen mal uso de ella y se niegan a despenalizar los denominados delitos de prensa y que pretenden en el colmo de la intolerancia institucionalizar una Ley Mordaza.

Todo esto a pesar de las recomendaciones de los más altos organismos internacionales como Naciones Unidas y la Organización de Estados Americanos. Todo esto a pesar de los avances de la doctrina jurídica moderna. Todo esto a pesar de los grandes cambios tecnológicos y de la presencia infinita de las redes sociales.

Nadie podría ignorar que durante las últimas décadas somos un país de permanente convulsión y, sin embargo, el Perú sigue siendo un país de tercer mundo. La nación ha vivido hechos sin precedentes, entre ellas, las crueles, masivas y despiadadas acciones terroristas, la hiperinflación más devastadora de las finanzas públicas y de la economía familiar, el deterioro de las instituciones del Estado como consecuencia de una autocracia para no olvidar y el profundo desengaño de una población que mantiene la aspiración de reconocerse en una comunidad de ciudadanos libres, respetuosa de la ley, esa que hace posible el diálogo horizontal y la concertación para poder autogobernarnos.

Por eso, no dejaremos jamás de rendirle homenaje a los Mártires de Uchuraccay. Ellos han dejado una heredad de sacrificio y de nobleza. La Asociación Nacional de Periodistas del Perú al recordarlos pone en alto su antorcha de lucha, aviva los ánimos de un periodismo comprometido con la historia social y económica del Perú y busca por sobre todas las cosas el cumplimiento sincero de una comunicación social con valores y principios y al servicio de todo el Perú.

 
ANP: Hay que defender y fortalecer la democracia

Ante el peligro que la colectividad nacional se vea afectada por la presencia de grupos terroristas o proterroristas, organizados para infiltrarse en el quehacer político del país, la Asociación Nacional de Periodistas del Perú (ANP), rechazó tal eventualidad, al mismo tiempo que hizo un llamado a la sociedad civil para que participe activamente en la defensa y protección de la vida en democracia, camino viable en tanto se exprese en acciones sociales, económicas y políticas, de corto y largo plazo, indispensables para el anhelo de la integración y reconciliación de todos los sectores de la nación.

En pronunciamiento público la ANP subrayó que la nociva presencia del llamado Movimiento por la Amnistía y Derechos Fundamentales (Movadef) y la pretensión de un reconocimiento legal por el Jurado Nacional de Elecciones no es otra cosa que una descarada y deliberada maniobra de una organización que ha cambiado de nombre, pero que, a no dudar, no ha perdido los impulsos de otrora que le llevaron a una actuación sanguinaria y demencial, que causó entre los miles de asesinatos, la pérdida de la vida de más de medio centenar de periodistas y atentados de la mayor gravedad contra un creciente número de hombres de prensa y medios de comunicación social.

En estas circunstancias, más allá de las discrepancias que existen en el país y que son propias en una democracia en desarrollo, la ANP se permitió, igualmente, traer al recuerdo que el fortalecimiento de la misma es aún una tarea pendiente, indispensable para acabar con los hábitos y costumbres de una democracia limitada, excluyente, con huellas de autoritarismo.

La ANP recordó a la clase política, que más allá de las diferencias de su visión y misión, así como a los grupos tradicionales de poder, les corresponde entender que la situación difícil por la que atraviesa el país, no sólo se expresa en la economía sino, también, en lo social, cultural y político. Es patente la insuficiencia de la alimentación de los más pobres, el déficit de vivienda, lo inadecuado de los servicios de salud, el rezago de la educación, desde la básica hasta la superior; la incidencia del alcoholismo y la drogadicción, el deterioro del medio ambiente y la violencia e inseguridad. Contra estos males hay que luchar para fortalecer la democracia y traerse abajo aventuras tenebrosas como las del llamado Movimiento por la Amnistía y Derechos Fundamentales (Movadef).

Por lo demás, precisó la ANP, la inmensa mayoría de nuestro pueblo, en la Costa, en los Andes, en la Amazonía, es cada vez más consciente de la situación en que vive, de sus problemas, de sus carencias y limitaciones. Por eso aspira, en esencia, a vivir como ser humano, a tener derecho al alimento diario, a gozar de salud, a preservar la naturaleza y mejorar el ambiente, a contar con un empleo estable, a tener acceso a la educación de calidad, a disponer de servicios sociales básicos, a ejercer libremente el derecho a pensar, a que se respete su voto, en síntesis a vivir dignamente. Todo lo cual supone vivir en paz, en armonía con la naturaleza y con la sociedad, a disfrutar de seguridad y de una genuina democracia, al menos a reducir la dosis de violencia y la dramática desigualdad que se observa entre pudientes y marginados.

La ANP reiteró que esta es la hora de las definiciones. "Hay que rechazar a quienes sólo predican el odio y la muerte. Pero, al mismo tiempo, hay que unir fuerzas y voluntades que nos alejen de la política de parche o de remiendo, porque la historia ciudadana nos hace saber que ella no podrá responder a las exigencias de una nación, de hombres y mujeres que deben ser protagonistas centrales de un proceso social, en verdad libre y soberano, para una democracia como forma de vida inclusiva y nunca excluyente", concluyó.

 
ANP insta a legisladores a defender libertad de prensa

Ante las observaciones formuladas por el presidente de la República al proyecto de “Ley Mordaza”, la Asociación Nacional de Periodistas del Perú se dirigió a las diferentes bancadas partidarias, con representación en el Congreso de la República, para que tomen en consideración los planteamientos que han sido expresados por las diferentes organizaciones gremiales de periodistas, especialmente del interior del país.

La ANP, en pronunciamiento público ratificó que el proyecto de ley que modifica el artículo 162 del Código Penal constituye una seria amenaza contra el Derecho Constitucional a “las libertades de información, expresión, opinión y difusión del pensamiento, mediante la palabra oral o escrita o la imagen por cualquier medio de comunicación social, sin previa autorización ni censura, ni impedimentos algunos, bajo las responsabilidades de ley”.

Para la ANP hoy en día no existen razones  que legitimen ni justifiquen  variar el tratamiento vigente del art. 162 del Código Penal. Resulta innecesaria la reforma pues no obedece a exigencias sentidas en la sociedad y muy por el contrario va en contracorriente a las recomendaciones de organismos tan importantes como las Relatorías para la Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos y la Organización de Naciones Unidas, que aconsejan que los llamados delitos de prensa se ventilen en el fuero civil.

Para el gremio de la prensa no se ha valorado que la justicia penal sanciona conductas graves y protege derechos de importancia social e histórica, por lo que debe responder a necesidades sociales imperiosas que no encuentran otros canales de solución o tutela. Tal como sugiere la doctrina moderna, los tipos penales deben legitimarse por la defensa de intereses colectivos, la seguridad nacional o el agravio y perjuicio de sectores vulnerables, entre otros.

La ANP sostiene que la cuestionada ampliación del tipo delictivo planteada en el proyecto denominado "Ley Mordaza" agrega mayores riesgos y dificultades al ejercicio periodístico, convirtiendo a los periodistas en sujetos activos del tipo penal. Esto generaría mayor riesgo a quienes ejercen la labor periodística que por su natural ejercicio son frecuentemente blanco de ataques. Durante el 2011 la ANP registró cerca de 200 casos de agresiones a comunicadores sociales en todo el territorio nacional. A ello se suman las coacciones judiciales, mediante querellas y la impunidad de los crímenes -más de 60 casos en las tres últimas décadas, tres de ellos el año pasado-.

Para los periodistas –precisa la ANP- es evidente que el objetivo de la reforma legislativa planteada es sancionar la difusión e información. Limitando la difusión y permitiendo el acceso en exclusivo a lo delictivo e ilegal, se desconoce la diversidad de valoraciones que admiten las conductas de las personas, de los funcionarios y personajes públicos en general, destacando que la actuación de determinadas personas pueden tener interés público para los demás ciudadanos y en determinados casos afectar derechos y libertades.

Para el histórico gremio de la prensa se evidencia la utilización de una deficiente técnica legislativa.  La reforma resulta innecesaria por encontrarse establecida la defensa de la intimidad y la promisión de las interferencias en la Constitución Política del Perú y en el Código Penal. Se utilizan, además, conceptos jurídicos indeterminados que se remiten a otras normas extrapenales.

El pronunciamiento precisa que el texto de proyecto de Ley de reforma penal tuvo un trámite inadecuado y antidemocrático. Se consultó únicamente a la Fiscalía de la Nación y al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y no al Defensor del Pueblo, la Corte Suprema y otros entes estatales competentes.

“Se ha impuesto la cultura del secretismo. Se ha marginado a los gremios y asociaciones de los periodistas, así como a las instituciones que cautelan la defensa y protección de los derechos humanos y, en general, a aquellas que deberían de participar con sus opiniones respecto a una ley que afecta la libertad de prensa”, precisó el documento, agregando a reglón seguido que “vulnera precedentes jurisprudenciales, entre ellos la doctrina del Tribunal Constitucional, a propósito del Caso Alberto Quimper, que aclaró sobre la permisibilidad y legalidad de la difusión de contenidos de  escuchas ilícitas, considerando el interés público y lo dictado por la Comisión Interamericana  de Derechos Humanos que ha precisado que la decisión de difundir materiales obtenidos de modo irregular es responsabilidad de los periodistas, a quienes corresponderá su ponderación, sin ser sometidos a control previo o aprobación por ninguna autoridad”.

Para la ANP el texto de reforma penal coarta diversos artículos de la Constitución Política del Perú referidos a la libertad de prensa y al derecho ciudadano a la información de interés público, impone la censura previa y otorga poderes omnímodos a los jueces, tal como se acostumbra en regímenes que desconocen los derechos fundamentales de la persona humana.

En razón a ello y convencidos que quienes tienen la labor de legislar postulan la lucha frontal contra la corrupción, de la que el periodismo es su principal aliado, instó a los legisladores a promover activamente un ejercicio periodístico sin censura previa, dentro de los principios y valores de respeto a la dignidad de la persona humana, acorde con el derecho de los ciudadanos a la información de interés público, tomando como fundamento la posición de la Organización de Naciones Unidas y la Organización de Estados Americanos.

En ese cometido, la ANP hizo recordar la necesidad no sólo de evitar iniciativas legislativas como la que motiva este pronunciamiento sino, además, la urgente y sentida demanda de despenalizar los delitos de prensa en el país conforme recomiendan instancias supranacionales a las que estamos adscritos como país. 

 
Razones por las que se debe observar “Ley Mordaza”

Este 12 de enero vence el plazo que tiene el presidente de la República, Ollanta Humala Tasso, para observar o promulgar la denominada “Ley Mordaza”.

La Asociación Nacional de Periodistas del Perú ha remitido una comunicación por escrito al presidente Humala instándolo a observar dicha autógrafa.



Para la ANP hay fundamentos de peso para rechazar en todos sus extremos esta ley: es innecesaria si lo que se quiere es proteger la intimidad porque ella se encuentra cautelada por la propia Constitución Política; no obedece a exigencias sentidas en la sociedad y muy por el contrario va en contracorriente a las recomendaciones de organismos internacionales; agrega mayores riesgos y dificultades al ejercicio periodístico, convirtiendo a los periodistas en sujetos activos del tipo penal; restringe la difusión de inconductas que sin ser hechos delictivos son de interés público e impone la censura previa y otorga poderes omnímodos a los jueces, tal como se acostumbra en regímenes que desconocen los derechos fundamentales de la persona humana.



Para el gremio de la prensa lo único sensato que cabe ahora es la observación presidencial y su devolución al Congreso de la República, por defectos de forma y fondo.



Por ello, la ANP espera que en el nuevo debate que se inicie en el Congreso sean convocados gremios y demás organizaciones de la sociedad civil interesados en aportar en debate tan trascendental. Para la ANP no existen razones  que legitimen ni justifiquen  variar el tratamiento vigente del art. 162 del Código Penal



A continuación reproducimos el texto íntegro remitido por la ANP.



Lima, 21 de diciembre del 2011



Señor

OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente Constitucional de la República

Palacio de Gobierno.-



Señor Presidente:



Tenemos a bien dirigirnos a usted para expresar nuestro respetuoso saludo gremial y, al mismo tiempo, con el objeto de hacerle conocer la posición institucional de la Asociación Nacional de Periodistas del Perú, organización con personería jurídica, representativa de trabajadores periodistas agrupados en 89 asociaciones provinciales, respecto al proyecto de ley que modifica el artículo 162 del Código Penal y que, a nuestro juicio, constituye una seria amenaza contra el Derecho Constitucional a “las libertades de información, expresión, opinión y difusión del pensamiento, mediante la palabra oral o escrita o la imagen por cualquier medio de comunicación social, sin previa autorización ni censura, ni impedimentos algunos, bajo las responsabilidades de ley”.



Habiendo sido aprobado el referido proyecto y estando a la espera de su promulgación por su digno despacho, la ANP , cuya trayectoria a lo largo de 83 años está signada por la defensa de la libertad de información como derecho del pueblo, solicita la observación presidencial y su devolución al Congreso de la República, por adolecer de defectos técnico-legales, que a continuación se señalan:



I.- NO JUSTIFICACIÓN DE LA REFORMA PENAL DEL ART. 162.-



Cuestiones genéricas:



·         La justicia penal sanciona conductas graves y protege derechos de importancia social e histórica.

·         Debe responder a necesidades sociales imperiosas que no encuentran otros canales de solución o tutela.

·         Tal como sugiere la doctrina moderna, los tipos penales deben legitimarse por la defensa de intereses colectivos, la seguridad nacional o el agravio y perjuicio de sectores vulnerables, entre otros.

Cuestiones especificas:



·         En el presente caso no existen razones  que legitimen ni justifiquen  variar el tratamiento vigente del art. 162 del Código Penal.

·         Resulta innecesaria la reforma pues no obedece a exigencias sentidas en la sociedad y muy por el contrario va en contracorriente a las recomendaciones de organismos tan importantes como las Relatorías para la Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos y la Organización de Naciones Unidas, que aconsejan que los llamados delitos de prensa se ventilen en el fuero civil.



·         Carece de justificación pues en el actual Código Penal. se encuentra debidamente amparada la protección de la intimidad personal.



II.- LA REALIDAD ACTUAL DE LA LABOR PERIODÍSTICA.



·         Las dificultades del ejercicio del periodismo en el Perú de hoy, en particular del periodismo de investigación.

·         Los atentados y agresiones. A la fecha la ANP ha registrado casi 200 casos de agresiones a periodistas durante el 2011 en todo el territorio nacional.

·         Las coacciones judiciales mediante las querellas –30 durante los dos últimos años-.

·         La impunidad de los crímenes  -más de 60 casos en las tres últimas décadas, tres de ellos este 2011-.

·         La cuestionada ampliación del tipo delictivo aprobado por el Congreso agrega mayores riesgos y dificultades al ejercicio periodístico, convirtiendo a los periodistas en sujetos activos del tipo penal.



III.- EL OBJETIVO DE LA REFORMA: SANCIONAR LA DIFUSIÓN E INFORMACIÓN



·         Primer fundamento: Oposición y contradicción entre derecho a la intimidad y derecho a la libertad de expresión.



·         Segundo fundamento: Existencia de la intimidad personal como un absoluto que alcanza a la difusión de las interferencias, sin tomar en cuenta que la exteriorización de las conductas y su vinculación  interpersonal y social, hace considerar la existencia de un interés superior, vale decir el interés público.



·         Tercer fundamento: Mediante la limitación de la difusión y permitir el acceso en exclusivo a lo delictivo e ilegal, se desconoce la diversidad de valoraciones que admiten las conductas de las personas, de los funcionarios y personajes públicos en general, destacando que la actuación de determinadas personas pueden tener interés público para los demás ciudadanos y en determinados casos afectar derechos y libertades.



IV.- DEFICIENTE TÉCNICA LEGISLATIVA UTILIZADA.



·         La reforma resulta innecesaria por encontrarse establecida la defensa de la intimidad y la promisión de las interferencias en la Constitución Política del Perú y en el Código Penal.



·      Se utilizan conceptos jurídicos indeterminados que se remiten a otras normas extrapenales.



V.- OBSERVACIONES FORMALES: TRÁMITE INADECUADO Y ANTIDEMOCRÁTICO



·         El texto del proyecto de Ley de reforma penal se consultó únicamente a la Fiscalía de la Nación y al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y no al Defensor del Pueblo, la Corte Suprema y otros entes estatales competentes.



·         Se ha impuesto la “cultura del secretismo”. Se ha marginado a los gremios y asociaciones de los periodistas, así como a las instituciones que cautelan la defensa y protección de los derechos humanos y, en general, a aquellas que deberían de participar con sus opiniones respecto a una ley que afecta la libertad de prensa.



VI.- OBSERVACIONES DE FONDO



·         El texto aprobado coarta diversos artículos de la Constitución Política del Perú referidos a la libertad de prensa y al derecho ciudadano a la información de interés público.



·         Impone la censura previa y otorga poderes omnímodos a los jueces, tal como se acostumbra en regímenes que desconocen los derechos fundamentales de la persona humana.



·         Vulnera precedentes jurisprudenciales:



a) En el plano interno: La doctrina del Tribunal Constitucional, a propósito del “Caso Alberto Quimper”, aclaró sobre la permisibilidad y legalidad de la difusión de contenidos de  escuchas ilícitas, considerando el interés público;



b) En el plano internacional: La Comisión Interamericana  de Derechos Humanos ha precisado que la decisión de difundir materiales obtenidos de modo irregular es responsabilidad de los periodistas, a quienes corresponderá su ponderación, sin ser sometidos a control previo o aprobación por ninguna autoridad.



VII- ALTERNATIVAS EN DEFENSA Y PROTECCIÓN DEL DERECHO A LA LIBERTAD DE PRENSA



·         Considerando que el gobierno constitucional postula la lucha frontal contra la corrupción, es responsabilidad del Estado garantizar el libre ejercicio del periodismo, principal aliado en ese cometido.



·         A tal efecto, la Asociación Nacional de Periodistas del Perú, afiliada a la Federación Internacional de Periodistas, solicita formalmente:



a) La observación y devolución del texto del proyecto de ley, conocida como “Ley Mordaza”, al Congreso de la República.



b) La intervención del Presidente Constitucional de la República, dentro de las facultades prescritas en el Estado de Derecho, para promover activamente el libre ejercicio de la profesión periodística, dentro de los principios y valores de respeto a la dignidad de la persona humana, concordado con el derecho de los ciudadanos a la información de interés público, tomando como fundamento la posición de la Organización de Naciones Unidas y la Organización de Estados Americanos.



c) En ese cometido, hace recordar la necesidad de despenalizar los delitos de prensa, siguiendo las recomendaciones de la doctrina moderna para que se juzguen en el fuero civil.



Esperando ser atendidos en nuestra petición, hacemos propicia la oportunidad para expresar a usted las muestras de nuestra más alta consideración.



Atentamente, 





Roberto Mejía Alarcón                                               

Presidente ANP





Zuliana Lainez Otero

Secretaria general ANP

 
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